POLÍTICA DE CANCELACIÓN.

Norma en vigor desde el 1 de julio de 2011 en lo relativo a cancelaciones hoteleras (BOPA No 133 del viernes 10 de junio de 2011, modificación al Reglamento de Establecimientos Hoteleros aprobado por Decreto 78/2004, artículo 13):

  • 1 En todo momento el usuario podrá desistir de la reserva efectuada, teniendo derecho a la devolución de las cantidades que hubiese abonado.
  • 2 No obstante lo anterior, cuando el desestimiento le sea comunicado con más de siete y menos de quince días de antelación al señalado para la ocupación, el titular del establecimiento podrá retener el 50% del importe del depósito, o la totalidad del mismo si la comunicación se efectúa dentro del plazo de siete días anteriores a dicha fecha, salvo que por pacto expreso y específico, cuya prueba incumbirá al empresario, se alteren estos umbrales.
  • 3 Si el cliente no llega al establecimiento, sin previo aviso, antes de las veintidós horas del día señalado para el comienzo de la estancia, se entenderá anulada la reserva.
  • 4 Durante la temporada baja, el periodo de cancelación de las reservas se reduce a 48 horas antes del día de llegada.